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Mostrando las entradas de diciembre, 2012

Tenencia Estatal e incremento del 50% ISN en Nuevo Leon

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Pues en domingo y con las noticias de que en Nuevo Leon fue aprobado por el congreso del estado un incremento del 50% en el impuesto sobre nominas y una tenencia estatal Con esto el incremento subiria del 2% al 3% el ISN el cual se dara apartir el 1 de enero del 2013. Con la tenencia estatal se considera la aplicación del impuesto de la tenencia a los vehículos denominados "Pick Up" . A demás los modelos vehiculares del 2004 al 2008 que estén al corriente en los pagos correspondientes y las "Pick Up" del 2009 a 2013, cuyo valor no excedan de 350 mil pesos, recibirán el beneficio del programa "Apoyo a la Economía Familiar

Vacaciones SAT

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Es realmente importante conocer el calendario de los días feriados del SAT ya que estos se consideran inhábiles para no caer en un error a la programar un trámite. En la Resolución Miscelánea Fiscal de fin de año 2011, a los efectos del artículo 12, primer párrafo del CFF, se consideran días inhábiles para el SAT, además del 2 de enero de 2012, el 5 y 6 de abril del mismo año. Adicional a ello, para los efectos del artículo 12, segundo párrafo del CFF, se considera periodo general de vacaciones, el comprendido del 20 de diciembre de 2012 al 4 de enero de 2013 . El SAT tiene vacaciones para fin de año, y durante los primeros días de 2013. En este sentido, deberá recordar que en dichos días no se atenderá al público, pero si estarán disponibles los teléfonos para consultas o las consultas online excepto el 25 de diciembre y el dia 1 de enero Deberá esperar al día 7 de enero para sus consultas pendientes una vez que comience el período de vacaciones para el SAT.

Últimos dias para avisar al patrón sobre la presentación de declaración anual

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Las personas físicas que obtuvieron  ingresos por sueldos y salarios en 2012 y que no están obligadas a presentar la declaración anual, que pueden optar por hacerla siempre que lo comuniquen por escrito a su patrón, a más tardar el 31 de diciembre de 2012 Los asalariados con percepciones menores a los 400 mil pesos al año, no están obligados a presentar la declaración anual, pero pueden optar por presentarla cuando tengan, entre otras, deducciones personales por los siguientes conceptos: • Honorarios médicos, dentales y hospitalarios • Aparatos para el restablecimiento o rehabilitación • Medicinas que se incluyan en las facturas que expidan los hospitales • Gastos por análisis, estudios clínicos o prótesis • Primas por seguros de gastos médicos • Donativos que se otorguen a instituciones autorizadas • Intereses reales pagados por créditos hipotecarios destinados a casa habitación • Aportaciones complementarias de retiro • Gastos funerarios

Tasas de recargos 2013

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Para el 2013 las tasas mensuales de recargos aplicables a los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales son las siguientes:   1.  0.75 % sobre los saldos insolutos. 2.  Cuando se autorice el pago a plazos, se aplicará las siguientes tasas de recargos sobre los saldos y durante el periodo de que se trate, las cuales ya incluyen la actualización realizada conforme al Código Fiscal de la Federación.(CFF). a)  1 % para pagos a plazos en parcialidades hasta 12 meses  b)  1.25 % para pagos a plazos en parcialidades de más de 12 meses y hasta de 24 meses  c)  1.5 % para pagos a plazos en parcialidades superiores a 24 meses, así como para pagos a plazo diferido.

¿Nuevas Tablas?, ¿Nueva tasa de ISR?

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Para el 2013 se mantienen las mismas tasas para el cálculo del ISR de las personas morales, así como las mismas tarifas para las personas físicas, tanto para pagos provisionales como de Declaración Anual, que estuvieron vigentes durante el ejercicio fiscal de 2012, es decir:  La tasa del ISR de las personas morales es de 30 por ciento. Cuando conforme a la Ley del ISR se deba aplicar el factor de 1.3889 se aplicará el factor de 1.4286. Cuando conforme a la Ley del ISR se deba aplicar el factor de 0.3889 se aplicará el factor de 0.4286. Cuando conforme a la Ley del ISR se deba aplicar la reducción del 25 por ciento se aplicará la reducción del 30 por ciento. Para los efectos del artículo 113 de la Ley del ISR, se calculará el impuesto (pagos provisionales), aplicando la tarifa vigente al 31 de diciembre de 2012. Para los efectos del artículo 177 de la Ley del ISR, se calculará el impuesto (Declaración Anual), aplicando la tarifa vigente al 31 de diciembre de 2012. Para   el ejercicio  2