Aspectos relevantes declaración anual Personas Fisicas
Varios aspectos que hay que considerar en la presentacion de la declaración anual de personas fisicas son las siguientes:
En caso de presentacion de la declaracion en febrero o marzo: Cuando la declaración anual se presente durante febrero o marzo del 2011, se considerará presentada el 1 de abril de dicho año.
¿Qué gastos personales se pueden deducir en la declaración anual del 2010?
No, toda vez que no se trata de una deducción autorizada, por lo que al ser una deducción personal, el
IVA pagado se considera parte del gasto efectuado
¿Qué datos informativos obligatorios se deben manifestar en la declaración anual del 2010?
Los prestamos, premios y donativos superiores a $600,000
¿Qué conceptos se pueden acreditar contra el IETU del ejercicio?
Otros créditos fiscales aplicables, como pueden ser:
En caso de presentacion de la declaracion en febrero o marzo: Cuando la declaración anual se presente durante febrero o marzo del 2011, se considerará presentada el 1 de abril de dicho año.
¿Qué gastos personales se pueden deducir en la declaración anual del 2010?
- Honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios.
- Gastos funerales, hasta por un monto máximo de un salario mínimo general del área geográfica del contribuyente elevado al año. Cuando se contraten servicios funerarios a futuro, se podrán deducir en el año en que se utilice el servicio
- Donativos no onerosos ni remunerativos, hasta por un monto que no exceda de 7% de los ingresos acumulables que sirvieron de base para calcular el ISR en el 2009, antes de aplicar las deducciones personales.
- Intereses reales, efectivamente pagados durante 2010, por créditos hipotecarios destinados a casa habitación, contratados con el sistema financiero, Fovissste e Infonavit, entre otros organismos públicos, siempre que el monto del crédito no exceda de 1’500,000 unidades de inversión (UDIS)
- Las aportaciones complementarias de retiro realizadas directamente en la subcuenta de aportaciones complementarias de retiro o en las cuentas de planes personales de retiro, así como las efectuadas a la subcuenta de aportaciones voluntarias
- Primas por seguros de gastos médicos complementarios o independientes de los servicios de salud proporcionados por instituciones públicas de seguridad social.
- Gastos de transporte escolar de sus hijos o nietos, siempre que sea obligatorio o se incluya en la colegiatura para todos los alumnos y se señale por separado en el comprobante correspondiente.
- El impuesto local sobre ingresos por salarios, siempre que la tasa de dicho impuesto no exceda de 5%.
No, toda vez que no se trata de una deducción autorizada, por lo que al ser una deducción personal, el
IVA pagado se considera parte del gasto efectuado
¿Qué datos informativos obligatorios se deben manifestar en la declaración anual del 2010?
Los prestamos, premios y donativos superiores a $600,000
¿Qué conceptos se pueden acreditar contra el IETU del ejercicio?
- El acreditamiento por sueldos y salarios gravados y aportaciones de seguridad social
- El crédito fiscal por inversiones (adquiridas de 1998 a 2007).
- El ISR propio del ejercicio efectivamente pagado.
- Los pagos provisionales del IETU.
Otros créditos fiscales aplicables, como pueden ser:
- Por inventarios.
- Por deducción Inmediata / Pérdidas Fiscales
- Por enajenación a plazos
- Obtuvo ingresos anuales mayores a $400,000.00.
- Haya comunicado por escrito a su patrón a más tardar el 31 de diciembre de 2010 que presentaría su declaración anual por su cuenta.
- Además haya obtenido otros ingresos acumulables distintos de sueldos y salarios.
- Dejó de prestar servicios antes del 31 de diciembre de 2010.
- Hubiera prestado servicios a dos o más empleadores en forma simultánea en 2010.
- Obtuvo ingresos por salarios de personas no obligadas a efectuar las retenciones