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Mostrando las entradas de junio, 2013

Preguntas y respuestas @satmx en materia de comprobantes fiscales

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El Servicio de Administracion Tributaria por medio de su portal dio a conocer las principales dudas en cuestion de facturación electrónica. Si aun hay dudas, favor de postearlas abajo de este tema y las revisaremos 1. ¿Continúa vigente el monto de ingresos acumulables iguales o inferiores a 4´000,000.00 para expedir comprobantes fiscales con código de barras bidimensional (CBB)? Si , toda vez que el monto de 250,000.00 entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2014, para quienes en dicho ejercicio deseen continuar expidiendo comprobantes fiscales bajo este esquema. Fundamento legal : (  1.9 mB)  Artículo 29-B fracción I  del CFF, (  78 kB)  Regla I.2.8.1.1.  de la 2ª  RMRMF para 2013 y (  78 kB)  Décimo Tercero y Décimo Cuarto  Transitorios de la 2ª RMRMF para 2013.  2.  Durante 2013  ¿puedo continuar expidiendo de manera conjunta CFD y CFDI? Sí .                       Fundamento legal:  Artículo (  78 kB)  Décimo Tercero Transitorio  de la 2ª RMRMF 2013. 3.  Si al 1 de enero de 2014

CFD a CFDI, transición...

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Como muchos ya saben a partir del 1 de enero del 2014 dejaran de ser validas las facturas emitidas por medios propios (CFD), con ello es necesario adaptar nuestros sistemas para emisión de CFDI o bien migrar a un sistema en linea o adquirir un nuevo producto para tener un comprobante valido. Aunque se habla de un posible incremento en los precios, aquí lo relevante es el no dejar al ultimo este cambio, por la posible saturación de sistemas de los proveedores. ¿Que es necesario para la migración? -Contar con sellos vigentes -Contratar los servicios de un PAC y que este los valide y certifique  

Siguen correos falsos

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El Servicio de Administracion Tributaria dio a conocer que siguen los correos falsos pidiendo informacion a contribuyentes. El SAT al respecto comenta "Recuerde que el SAT no distribuye software, no solicita ejecutar o guardar un archivo, ni requiere información personal, claves o contraseñas por correo electrónico. En caso de que reciba algún mensaje de este tipo, no descargue ningún programa ni envíe información y por favor repórtelo a través de los Nuevos servicios por Internet, agregue como archivo adjunto a su queja el correo electrónico apócrifo, el comunicado o la carta recibidos." Los correos apocrifos son los siguientes: AdminSAT@mail.telcel.com aduanademexicosat@hotmail.com aduanamexicojlw@live.com.mx alertas@shcp.gob.mx avisos@hacienda.gob.mx avisos@sat-gob.mx avisos@sat.gob.mx avisos@shcp.gob.mx avisos@shcp-gob.mx avisosat@shcp.gob.mx boletin@hacienda.gob.mx boletines@sat.gob.mx cobranzas@sat.gob.mx comunica@sat.com.mx comunicados_dir@sat.gob.mx contacto@sat.com.m

Validador RFC

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El servicio de administracion tributaria dio a conocer una herramienta para validar RFC, el cual no se requiere mayor problema para su uso Para acceder necesitamos ingresar de la siguiente forma

CBB ¿aun puedo?

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Aquellos que son emisores de factura por medio de dispositivo de seguridad (CBB) aun pueden seguir utilizándolo esto con el décimo tercero transitorio que menciona: Lo dispuesto en las reglas I.2.7.1.5.; segundo párrafo; I.2.8.1.1.; I.2.8.3.1.6., segundo párrafo; I.2.8.3.1.11.; I.2.8.3.1.12.; I.2.8.3.1.13.; I.2.8.3.1.14.; I.2.8.3.1.16.; I.2.8.3.1.17.; la Subsección I.2.8.3.3., que comprende las reglas I.2.8.3.3.1. y I.2.8.3.3.2.; la regla I.2.9.2., primer párrafo; la Sección II.2.6.2., que comprende las reglas II.2.6.2.1. a la II.2.6.2.6.; el Capítulo II.2.7., que comprende las reglas II.2.7.1. a la II.2.7.6.; la regla II.3.2.1.1., fracción III y las fichas de trámite 111/CFF, 112/CFF, 114/CFF, 119/CFF, 121/CFF, 122/CFF y 123/CFF contenidas en el Anexo 1-A, así como el Anexo 20, fracción I vigentes hasta la entrada en vigor de la presente Resolución, podrá aplicarse hasta el 31 de diciembre de 2013    Asi que despreocúpate momentáneamente, pero tengan en cuenta el cambio en dado moment

Adiós CFD, todos a CFDI

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El día 31 de mayo (hace una semana) se publico la eliminación de esquema CFD a partir del 2014 esto con la publicación de la  Segunda RMF 2013 , así que con esto se da por terminado este esquema para subir todos a CFDI. Almacenamiento de CFD I.2.8.3.1.11.         (Se deroga)                              Facilidad para expedir CFD en lugar de CFDI I.2.8.3.1.12.        (Se deroga)                              Requisitos fiscales de CFD I.2.8.3.1.13.         (Se deroga)                              CFD para devolución de IVA a turistas extranjeros I.2.8.3.1.14.        (Se deroga)                              Facilidad para expedir simultáneamente CFD y CFDI I.2.8.3.1.16.        (Se deroga)                              Efectos fiscales de los comprobantes expedidos por contribuyentes que hubieren perdido el derecho de generar y expedir CFD I.2.8.3.1.17.        (Se deroga) Asi que a tomar sus precauciones por que seguramente se verán saturados algunos proveedores y a su vez un incremento e

PROGRAMA DE REGULARIZACIÓN ISR 2011

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El viernes 31 de mayo se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Segunda resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013 y su anexo 3. En ella se  informa que las personas físicas que hubieren obtenido ingresos durante el ejercicio fiscal de  2011 y no hayan sido declarados, podrán efectuar el pago del ISR que les corresponda hasta  en 6 parcialidades mensuales y sucesivas. Para ello, las autoridades fiscales les enviarán una carta invitación con la propuesta del  monto a pagar del ISR, calculado a partir de la información que las instituciones del sistema financiero entregan al SAT, así como la línea de captura con la que el contribuyente podrá realizar el pago en la institución financiera autorizada, o bien, a través de su portal bancario. En total se planea emitir, a partir del 16 de junio, en un solo envío, alrededor de 400 mil cartas invitando a que regularicen su situación a los contribuyentes omisos y no inscritos en el RFC que recibieron depós